Buenos días.
Hoy os paso un resumen de las principales novedades para el IRPF en otra de mis presentaciones «En 5 diapositivas».
Muy buen resto de semana.
Buenos días.
Hoy os paso un resumen de las principales novedades para el IRPF en otra de mis presentaciones «En 5 diapositivas».
Muy buen resto de semana.
Buenos días.
Hoy os paso un resumen de las principales novedades para el IVA en mi consabida presentación «En 5 diapositivas». Bueno, a veces son más de 5, no siempre soy capaz de comprimir tanto.
Algunas entran en vigor en 2016, lo indico en cada caso.
Para completar la información con todo detalle, os pongo aquí enlace al magnífico trabajo, en mi opinión, realizado por CEF Fiscal.
¡Buena semana!
Como continuación de mi anterior post sobre el tema, y como en él prometí, actualizo los cuadros del año pasado con las novedades para este año.
1) Esquema de cómo funciona la cotización en el RETA:
[Puedes pinchar aquí para ver los porcentajes adicionales que se aplican según tu CNAE en el caso de que estés acogido a la cobertura de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional.]
El primero de nuestros cuadros indica las cotizaciones básicas para el año y explica la forma de cotizar según las bases y coberturas elegidas:
Cuadro RETA cotizaciones básicas 2015
El segundo recoge las posibles bonificaciones para nuevas altas y las bases especiales para ciertos casos:
Cuadro RETA bonificaciones y casos especiales 2015
De nuevo espero que que os sirvan para saber cómo, cuánto y por qué conceptos tenéis que pagar.
¡Buena semana!
Mucho oímos hablar de pyme, aquí somos fans de la pyme, pero eso ¿qué es realmente una pyme? Pues la realidad es que depende de para quién y para qué fin nos estemos refiriendo a este concepto. Veamos.
1. Para la Unión Europea: las ayudas
El criterio que más se maneja es de la Unión Europea, aplicable para solicitar ayudas públicas y programas bonificados, por ejemplo, formativos para el personal de nuestra empresa. En este caso, pyme es aquella empresa que cumple estos tres requisitos:
Todo esto tiene muchas precisiones y aclaraciones que hacer, podéis ver un verdadero tratado sobre ello aquí.
2. Para la Agencia Tributaria: los beneficios fiscales de la empresas de reducida dimensión
Para Hacienda, la denominación pyme no existe técnicamente, sino que se trata de empresa de reducida dimensión. A estas les son aplicables una serie de beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sociedades, la mayoría extensivos a los Autónomos y empresas que tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Actualmente tienen la consideración de empresas de reducida dimensión aquellas cuyo Importe neto de la cifra de negocio en el período impositivo anterior o el actual si están en sus inicios no supere los 10 millones de euros.
La cifra neta de negocio, según la propia Agencia Tributaria comprenderá los importes de la venta de los productos y de la prestación de servicios correspondientes a las actividades ordinarias (descontar autoconsumos, la mayoría de las subvenciones, y los ingresos financieros) de la sociedad, deducidas las bonificaciones y demás reducciones sobre las ventas (devoluciones, rappels y descuentos comerciales), así como el Impuesto sobre el Valor Añadido y otros impuestos directamente relacionados con la cifra de negocios (por ejemplo, impuestos especiales).
3. Para la Seguridad Social: bonificaciones en la cuota empresarial
Para la redacción de este apartado he contado con la colaboración de Isabel Ortiz Barquero, docente en CEOE-CEPYME Formación.
Anualmente se establecen o prorrogan bonificaciones en la cuota empresarial de Seguridad Social por contratación de ciertos colectivos. Indico aquí las bonificaciones de 2014 específicas para pymes. Estas y otras que no son sólo para pymes se mantendrán hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%:
·Contratos indefinidos o temporales, a tiempo parcial, con vinculación formativa celebrados por empresas de menos de 250 trabajadores o autónomos.(Bonificación del 100% de las cuotas a la Seguridad Social durante 12 meses prorrogables por otros 12).
·Contratos indefinidos, a tiempo completo o parcial, de menores de 30 años por empresas de hasta 9 trabajadores o autónomos.(Bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante el primer año de contrato).
·Contratos indefinidos, a tiempo completo o parcial, de parados de larga duración mayores de 45 años, por autónomos menores de 30 años.(Bonificación durante tres años de las cuotas a la Seguridad Social).
4. Para el Registro Mercantil: las cuentas anuales abreviadas
Dentro de la obligación que tienen las empresas para presentar cuentas anuales en el Registro Mercantil, las que no superen determinados límites pueden presentar un modelo de cuentas abreviado, que incluye balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria, pero que no obliga a presentar el estado de flujos de efectivo. La Ley de Emprendedores ha elevado los límites para presentar cuentas abreviadas y actualmente pueden hacerlo las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
a) Que el total de las partidas del activo no supere los 4 millones de euros.
b) Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 8 millones de euros.
c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50.
Adicionalmente, para las microempresas la legislación contable articula unos criterios más favorables de contabilización en las operaciones de arrendamiento financiero y en el gasto del impuesto sobre beneficios. Se consideran microempresas a estos efectos las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
a) Que el total de las partidas del activo no supere 1 millón de euros.
b) Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 2 millones de euros.
c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 10.
Por todo esto, veréis que se puede ser pyme en todos los casos, o solo en algunos. Lo importante es averiguar qué beneficios son aplicables a nuestro perfil de empresa
El acceso de pymes y emprendedores al crédito bancario sigue siendo un problema que nuestros sesudos gobernantes no son capaces de resolver por ahora, aunque no paren de decir que están adoptando medidas para que fluya el crédito..
En noviembre el Banco Santander y el Banco Europeo de Inversiones firmaron un acuerdo en el que liberaban 128 millones de euros para que la financiación llegara a las pymes, diciendo que se ampliaría a 400 más por cada uno de los firmantes del acuerdo. Esta es la única noticia que he escuchado sobre destino de un volumen importante de fondos para el crédito a pymes, aunque hasta la fecha no conozco a nadie que lo haya aprovechado. Bienvenidos comentarios de cualquiera que haya tenido acceso a estas líneas y nos comente su experiencia, sobre todo en cuanto a cómo de duras han sido las condiciones que les han pedido para concederles la financiación.
Dado que el tema de la financiación bancaria sigue bastante espeso, quería reunir en un post y comentaros algunas vías de financiación no bancaria para pymes. Todo parece indicar que seguirá creciendo el porcentaje de financiación no bancaria sobre la bancaria, lo que nos aproximará a cifras de la mayoría de países de nuestro entorno. Al final, intentando que la información fuera lo más completa posible, el post se me ha ido de las manos y no será uno, sino una serie de tres.
Algunas de las fuentes que citaré son relativamente nuevas, otras se han mostrado en la actualidad como mejores alternativas de lo que eran antes y otras simplemente son poco conocidas. Las ordeno de mayor a menor tamaño de las empresas que pueden acceder a ellas y del volumen de financiación al que se puede acceder con cada una, aunque esto es muy relativo.
Empezamos:
En mi opinión, el gobierno debería dotar más fondos para este tipo de avales, ya que son una estupenda herramienta para abrir vías a la financiación. Actualmente, la mayoría de ellas, aparte de avalar (con contraaval), dotan fondos para que podamos pedir financiación a unos tipos y comisiones más bajos que los del mercado.
Pincha aquí para listado de Sociedades de Garantía Recíproca.
La semana que viene, los business angels y entidades de capital riesgo, las family offices y los préstamos participativos.
¡Buena semana!
Los antiguos PAIT (Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación) han cambiado de denominación con la Ley de Emprendedores y han pasado a denominarse PAE (Puntos de Atención al Emprendedor). Estos puntos son lugares en los que pueden realizar de forma telemática trámites de constitución e inicio de actividad de Sociedades Limitadas, Sociedades Limitadas Nueva Empresa o Empresarios Individuales (autónomos) y además obtener información y asesoramiento. En mi opinión, ya que existe el certificado digital gratuito de la Fábrica de Moneda y Timbre y que con él uno mismo puede realizar desde casa muchos de los trámites de creación de empresas, lo que marca la diferencia, el valor real que aporta un PAE lo da la calidad de su asesoramiento. Es decir, darse de alta es muy sencillo, pero conocer las obligaciones que ello nos va a conllevar ya no lo es tanto.
Los PAE pueden ser públicos o privados, y pueden ser gratuitos o de pago. Por ejemplo, las Ventanillas Únicas Empresariales son PAE y son gratuitos. Ciertos las asesores (abogados, economistas) pueden ser PAE privados y cobrar sus servicios. Tras haber trabajado durante años en la Ventanilla Única Empresarial de Madrid, yo misma me he convertido en PAE recientemente y mi intención es prestar los servicios de forma móvil, desplazándome a la sede del cliente si este lo necesitara, como otro valor añadido adicional.
Además de cambiarles el nombre, la Ley de Emprendedores prevé la atribución a los PAE de nuevas posibilidades de prestación de servicios, como la solicitud de reserva de nombre de SL, no sólo de SLNE, y la inscripción de los nuevos emprendedores de responsabilidad limitada. También se habla en la Ley de la posibilidad de presentación telemática a través de los PAE de trámites ligados a la vida de la empresa, de formación y de apoyo a la financiación. Sin embargo, la plataforma virtual a través de la cual operamos los PAE, que se denomina CIRCE y depende del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, aún no tiene incorporada ninguna de estas nuevas funcionalidades.
Estaremos pendientes para ver si se amplían de forma significativa los trámites que los PAE podremos realizar a lo largo de la vida de la empresa, y no sólo en el momento de su nacimiento, porque esta también puede ser una gran aportación de valor.
Hoy, en el día de la mujer trabajadora, quiero felicitar a todas aquellas mujeres empresarias y emprendedoras que, como yo, hacen lo imposible para cumplir con sus trabajos con un alto nivel de calidad y compromiso al tiempo que atienden su vida personal.
Ánimo a todas, sigamos hacia adelante, todo indica que vamos por el buen camino:
– Aguantamos mejor la crisis [Ver noticia en ABC]
– Nos hacemos más emprendedoras con la edad [Ver noticia en El Confidencial]
– Vamos teniendo cada ver mayor presencia en los Consejos de Administración [ver noticia en Servimedia]
También quiero dar las gracias a otras personas que contribuyen en gran medida a facilitar estos avances: a las abuelas y a los hombres que de verdad están en nuestro barco y reman tanto como nosotras. A los que no, les doy las gracias por empezar a hacerlo hoy.
Estos días pasados hemos escuchado que el Gobierno va a bonificar la cuota mínima de autónomos para emprendedores jóvenes (mujeres hasta 35 años y hombres hasta 30). La cuota será a 50 euros los 6 primeros meses.
Como persona que lleva años en contacto con emprendedores y startups, incluidos los que tienen microproyectos de autoempleo, quiero anotar unas reflexiones.
Probablemente por estas dificultades, mayores aun para las mujeres, los últimos datos muestran un fuerte incremento en las cotizantes autónomas de más de 50 años [Ver noticia en El Confidencial].
Ya que se ha constatado que, incluso sin bonificaciones, la fuerza laboral de más edad opta por el autoempleo, ¿no sería más eficiente bonificar también su cotización como autónomos? Además de mejorar su inserción laboral, se ahorraría en costes de subsidios y otras prestaciones sociales.
Actualmente, las Administraciones aceptan por la vía de los hechos que ciertas personas, como las señoras que son comisionistas en la venta de robots de cocina o cosméticos, no coticen a la Seguridad Social debido a la escasa cuantía de los ingresos que obtienen por esta actividad (Esto no significa que no paguen impuestos, pues el pagador les practica una retención que se ingresa en Hacienda).
Pero existen microproyectos de otra naturaleza que suponen una fuente de muy bajos ingresos para sus promotores. Pongamos, por ejemplo, alguien que vende bufandas hechas a mano u otro que cobra por insertar publicidad en un blog. Los promotores de estos microproyectos no saben si deben cotizar como autónomos, dependiendo del criterio interpretativo de la Administración sobre habitualidad y ordenación de recursos por cuenta propia.
Si la Seguridad Social ya sostiene para algunos supuestos que en caso de bajos ingresos no hay habitualidad, creo que a todos los promotores de proyectos que no excedan de unos mínimos ingresos anuales debería eximírseles abiertamente de cotización. O, al menos, asignárseles una cuota especial mínima con unas coberturas básicas, como la atención sanitaria.
Sé, porque me lo han dicho a menudo los emprendedores, que l pago de una cuota fija mínima de autónomos (a día de hoy 256,72 euros mensuales) es una de las grandes trabas a los proyectos de autoempleo. La medida de eximir del pago de autónomos o marcar una minicuota especial para los comienzos y para los microproyectos de bajos ingresos fomentaría el emprendimiento, con la posibilidad de que muchos de esos proyectos se hicieran más grandes en un futuro.
No defiendo un liberalismo a la americana. Estoy a favor del modelo europeo y de la existencia de una Seguridad Social y de prestaciones sociales. Sin embargo, creo que es descabellado esperar que una persona tenga cotizar, a pesar de que ella misma organice habitualmente su “producción” cuando sus ingresos anuales no cubren ni los costes de 6 meses de autónomos. O que se espere que alguien tenga que obtener una pensión de jubilación por haber estado ganando 2.000 euros anuales.
Ya es hora de eliminar obstáculos absurdos al emprendimiento. La Administración no debe dejar de adoptar medidas por miedo al fraude, sino, en todo caso, mejorar los mecanismos de control, como por ejemplo el cruce de datos entre las distintas administraciones.
Nuestros gobernantes deben interiorizar la repetida cita de Albert Einstein:
“No pretendamos que las cosas cambien si siempre hacemos lo mismo… El problema de las personas y los países es la pereza para encontrar las salidas y soluciones…”